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Cómo darse de alta como persona física

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Ayer hablamos de cómo hacer una sociedad limitada. Hoy hablaremos de, si se elige la forma de persona física, qué trámites realizar y qué tributación elegir.

Esta parte es bastante simple, ya que la persona física coincide con la persona en sí; su dni ya sirve para facturar y el darse de alta se puede hacer mediante medios telemáticos o yendo a la administración de Hacienda que corresponda.

Para ello, hay que rellenar el modelo 036. Es un modelo que se puede bajar de internet en la página de Hacienda en www.aeat.es, sección Modelos y Formularios y se le da a la opción Censos. Es el modelo 036 o lo que es lo mismo, Declaración Censal. Algunos todavían no saben que el modelo 845, el llamado IAE (Impuestos sobre Actividades Económicas) ha desaparecido desde el año 2002 y todavía se confunden. Es más, organismos oficiales todavía siguen pidiendo el IAE. Hay que actualizarse, amigos. Ahora se llama 036 Declaración Censal.

En dicho modelo que es bastante enrebesado empeorando su aspecto y su mecanismo, bajo mi humilde opinión, hay que poner el nombre y apellidos, la dirección fiscal, y sobretodo importante la actividad. Puede ser empresarial, profesional, artística… Generalmente siempre será empresarial o profesional (en el caso de titulados).

Importante: qué tributación se elegirá. Hay dos modalidades diferentes, muy importante hacerlo bien ya que si no se hace bien es muy complicado modificarlo en Hacienda:

1) estimación objetiva (módulos):

Los módulos son un sistema que personalmente no me gusta nada, pero viene muy bien para, sobretodo, bares y restaurantes pequeños, o librerías.

El sistema de estimación objetiva consiste en que Hacienda saca unas tablas anualmente con unos coeficientes, y calcula unas cantidades determinadas. Se suman esas cantidades y se saca el rendimiento que Hacienda presupone que se va a ganar en el año. Una vez se saca ese rendimiento trimestralmente se paga de un 2% a un 4% , siempre lo mismo todos los trimestres:

Los coeficientes puden ser: mesas, sillas, metros de barra, caballos fiscales, kilovatios, horas de empleados… Ejemplo:

módulo de bar, epígrafe: 653.2 (cada actividad tiene su epígrafe determinado)

1) mesas: 2 X 100 € = 200 €

2) sillas: 8 X 25 € = 200 €

3) longitud de barra: 5 X 10 € = 50 €

4) número de empleados: 2 X 505 € =1.010 €

Rendimiento: 1.460 € que Hacienda presupone que se tendrá de rendimiento este año. Es un ejemplo pequeño, en verdad hablamos de 8.000, 9.000 o 10.000 euros

Una vez sacado el rendimiento se pagará de un 2%  a un 4% como hemos dicho en el modelo llamado 131.

Si la actividad lleva IVA (todas las actividades del llamado comercio menor, es decir, el comercio que va directamente al particular no lleva IVA, se presenta el modelo 310 y su mecanismo es el mismo que el modelo 131 pero con otro tipo de coeficientes y tablas.

2) Estimación Directa (normal y simplificada)

Se presenta con el modelo 130, y es básicamente la diferencia entre los ingresos y los gastos. SI hay diferencia positiva, es decir, beneficio, se paga el 20% trimestralmente. Aquí sí que hace falta una contabilidad básica ya que hay que saber qué beneficio hay.

Por lo general, desde Oconowocc se recomienda que cuando un negocio empieza no se ponga en módulos ya que ganes o pierdas siempre tendrás que pagar a Hacienda. Si estás en estimacion directa, si no has ganado nada no pagas nada. Además, por regla general también en la Declaración de Renta los pagos a cuenta que haces en estimación directa se devuelve en la Renta al año siguiente; en cambio, en módulos no.

Respecto a la Seguridad Social, la única obligación que hay es darse de alta de autónomos. Se presenta el modelo correspondiente TA1 y antes daban unos cupones que son las cuotas mensuales de autónomos. Esto ha cambiado y ahora obligan a dar la cuenta bancaria para asegurarse el pago y siempre lo pasan por banco el último día de cada mes. Se recomienda hablar con el banco para que, aunque no haya suficiente saldo, lo paguen por que si no ya te llega un recargo del 5%.

Así que, espero que os haya aclarado un poco lo que hay que hacer cuando una persona física se tiene que dar de alta.

Ago 27, 2009admin

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Este lunes 31 vuelve El HormigueroCómo saber cuando cambiar de persona a física a persona jurídica: diferencias
Home Cómo darse de alta como persona física
Cometarios: 2
  1. Chema
    agosto 28, 2009 en 12:00

    Jolin, como te esmeras en estos articulos… ten cuidado a ver si aparecen por ahi gestores piratas 🙂

    Ahora en serio, buenisimo post. En la linea trazada en esta seccion.

    ResponderCancelar
  2. admin
    agosto 28, 2009 en 15:33

    je je, gracias chema..

    ResponderCancelar

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