Si usted presenta una declaración a devolver y mas tarde se da cuenta de que tendría que haber sido a ingresar y presenta una complementaria, tenga precaución puesto que Hacienda le exigirá un recargo por presentación fuera de plazo.
El 5%, 10% o el 15% del importe dejado de ingresar si el ingreso se efectúa dentro de los 3, 6 o 12 meses posteriores a la fecha en que se tendría que realizar.
Si el ingreso se efectúa fuera de plazo, el recargo será del 20% y se liquidarán los intereses de demora.
También puede pasar que presente una declaración de IRPF con resultado a devolver de, por ejemplo 3000€, cuando debería haber sido 600. En tal caso, si Hacienda realiza la devolución, en la siguiente complementaria, usted deberá ingresar 3600€. Esté muy pendiente en estos casos, porque tendrá que oponerse a Hacienda si le pretenden imponer sus recargos sobre los 3600€.
Estos recargos sólo recaen sobre la cuantía no ingresada (los 600€ en este ejemplo), pero no sobre la devolución percibida incorrectamente (los 3000€). Sobre estos 3000€ ficticios, Hacienda solo puede exigirnos intereses de demora por los días transcurridos entre la fecha en que usted la cobre y la fecha en que la devuelva.
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